VII Congreso Chileno de Salud Pública, IX Congreso Chileno de Epidemiología
← vista completaPublicado el 1 de junio de 2024 | http://doi.org/10.5867/medwave.2024.S1.SP070
¿ES DEFENDIBLE LA OBLIGATORIEDAD DE VACUNAS CONTRA VIRUS SIMILARES AL SARS-COV-2 EN EL FUTURO?
Resumen
Introducción Una de las medidas para enfrentar la Pandemia COVID-19 ha sido la disposición de vacunas contra el SARS-CoV-2. Esta medida, por lo general, ha sido voluntaria, lo que no ha sido la excepción en Chile. La fundamentación de esta voluntariedad se encuentra en una serie de afirmaciones vinculadas principalmente a la ética y derechos individuales. Ante una nueva pandemia en el futuro, parece razonable preguntarse si podría repetirse un esquema voluntario o si resultaría posible el establecimiento de medidas obligatorias. Se analizan los argumentos que la ética en salud pública asume para un posible esquema obligatorio considerando las justificaciones sobre la voluntariedad. El resultado plantea la existencia de un margen favorable para una eventual implementación de un esquema obligatorio en Chile.
Objetivos Análisis de argumentos para un esquema obligatorio de vacunación ante una futura pandemia similar a la COVID-19.
Método Cualitativa a través de la exposición y análisis de los argumentos expuestos en documentos cuyo contenido refiere tanto a literatura como a normativa y jurisprudencia, preferentemente nacional, de carácter no exhaustivo.
Resultados principales Justificación de la voluntariedad: (1) una medida obligatoria no era necesaria considerando que tasas de vacunación siguen siendo suficientes para inmunidad de rebaño. (2) La vacunación presenta características propias que la hacen prima facie conflictiva: inocular a todos (o un grupo) para el bien general de todos (o un grupo). (3) El individuo puede no querer someterse al riesgo cuando es por el bien general, más que por el bien individual, donde el sistema político aspira a respetar diversidad de puntos de vista y valores. (4) Se desconocen los efectos de las vacunas. Justificación de la obligatoriedad: (1) Un esquema puede resultar obligatorio en la medida que se rompe el equilibrio entre los efectos positivos (beneficios) y negativos (riesgos de daños) de dicho esquema (pérdida de inmunidad de rebaño o saturación de servicios de salud con pacientes mayoritariamente no vacunados). (2) Entre las formas de intervención en salud pública se encuentran las medidas de protección, independiente de cualquier forma de beneficencia o paternalismo, donde el interés por la salud de la comunidad a veces puede ser tan fuerte que pueden defenderse acciones compulsivas contra la integridad física y las libertades. En las premisas de protección de Kottow, se satisface el cumplimiento del estándar para un esquema obligatorio: (i) Existe un problema que afecta a la población de manera relevante, requiriendo de medidas urgentes. (ii) Existen medios disponibles que sean eficaces. (iii) Se conocen los efectos adversos de las medidas, alcanzando un grado de certeza de que la probabilidad de sufrir tales efectos sea totalmente aleatoria. (iv) El resultado debe satisfacer la proporcionalidad y necesidad del esquema dadas las circunstancias, esto es, no hay otros medios razonables disponibles para lograr los mismos fines justificables, existiendo pleno respeto por los derechos de las personas que no están implicadas en la amenaza mediata para la salud.
Conclusiones Existe un margen favorable para implementar un esquema obligatorio de vacunación contra virus similares al SARS-CoV-2 en el futuro. Esto puede considerar un esquema que establezca ciertos grupos como obligatorios considerando los efectos negativos, tanto para las personas como el sistema sanitario.
