VIII Congreso Internacional de Investigación REDU

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Pluralismo Jurídico: frente al multiculturalismo e interculturalidad: Un análisis desde el contexto Constitucional ecuatoriano

Legal Pluralism: facing multiculturalism and interculturality: An analysis from the Ecuadorian Constitutional context

Tema
Sociedad y desarrollo de las humanidades

Palabras clave
Pluralismo Jurídico, multiculturalidad, interculturalidad, Derechos Humanos

Introducción

El pluralismo jurídico, se analiza desde la diversidad cultural, y las diferencias entre el multiculturalismo y el interculturalismo, enfoques necesarios para lograr igualdad entre los grupos culturales en el interior del Estado, destacando el respeto de los derechos humanos en el contexto constitucional del Ecuador, en donde conviven personas de diferentes nacionalidades y culturas. Este punto de vista multicultural permite proteger los derechos humanos, lo que es fundamental para los sistemas jurídicos como, por ejemplo, el reconocimiento de formas de justicias, intentando garantizar no solo las relaciones de igualdad entre los sistemas sino también fomentar los intercambios, la coordinación y la complementación entre ellos, en contraste con los fines de tolerancia y coexistencia entre grupos culturales que persigue el multiculturalismo e interculturalismo, como el respeto y la convivencia, para no vulnerar el derecho al debido proceso y la imparcialidad en la administración de justicia.

Objetivos

Los objetivos examinan las diferencias entre el multiculturalismo y el interculturalismo, perspectivas que aceptan la necesidad del pluralismo jurídico y su integración en una sociedad pluralista, donde exista el respeto, la convivencia, el dialogo y el aprendizaje mutuo entre grupos culturales, con mecanismos institucionales para la cooperación entre sistemas jurídicos.

Método

La investigación es de tipo documental-bibliográfica, cualitativa, donde se analiza exhaustivamente la doctrina contemporánea que coadyuva en la comprensión, del acervo teórico y legal de los marcos regulatorios de Derechos Humanos, así como el Convenio 169 de la OIT, el mismo que refleja la identidad característica, con el fin de reconocer su condición de sujetos colectivos de derechos.

Principales Resultados

A través de los resultados del análisis se obtiene una intensa reflexión, y argumentación sobre el pluralismo jurídico desde la multiculturalidad e interculturalidad, permitiendo armonizar situaciones de conflicto normativo, como mecanismos institucionales para la cooperación entre sistemas jurídicos, a partir de los textos constitucionales, mediante el cual se garantiza a los pueblos indígenas la conservación y el desarrollo de sus formas tradicionales de convivencia y organización social como expresión de sus diferentes culturas. La relevancia del estudio se centra en la revisión de la normativa nacional e internacional inherentes a una clasificación de estudios científicos.

Conclusiones

Se concluye que el pluralismo jurídico es el resultado de la interculturalidad y la multiculturalidad, lo que debe ser combinado cuando adquiere relevancia, ya que a través de la historia han existido diversas experiencias multiculturales, como hecho social dinámico, en el reconocimiento de la coexistencia de diversos grupos culturales diferenciados dentro de un mismo Estado, de esta manera el multiculturalismo es un fenómeno moderno, que admite manifestaciones de superioridad, de segregación étnica, religiosa y de otros tipos, en consecuencia, el reconocimiento de derechos diferenciados en función del grupo y del pluralismo jurídico son necesarios para alcanzar la igualdad, la coexistencia y la tolerancia entre grupos culturales; y, la interculturalidad, se fundamenta en la diversidad humanan como una oportunidad de intercambio, basándose en la convivencia respetuosa de dos o más culturales en un único marco nacional, que exige una nueva ética fundada en el respeto a los diferentes.